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Inicio » Tribunales y Justicia

El Supremo quita la razón al sargento que recurrió ‘el caso de la pistola fantasma’

por Redacción El Faro
21/04/2013 15:53 CEST
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Ramón Bugallo, jubilado de la Legión con 38 años, ahora recurrirá al Tribunal de Estrasburgo.

La Sala Quinta de Lo Militar del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación contencioso disciplinario presentado por el sargento del Ejército de Tierra de Melilla, Ramón Bugallo.
Con esta sentencia firme, el Supremo ratifica la privación de libertad de 31 días que cumplió Bugallo en noviembre en 2010, después de que un superior suyo afirmara que había encontrado un arma particular en el cajón del despacho del sargento.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro, el Supremo considera que existen pruebas de que el arma particular, del que nunca se ha aportado número de serie, marca ni modelo, se encontraba en el cajón del despacho de Bugallo. Para el alto tribunal, la palabra del superior es suficiente. “La prueba de cargo está representada por el parte emitido por el capitán que presenció el hecho”.
Asimismo, el Tribunal Supremo utiliza como prueba, el testimonio de un cabo primero que luego rectificó su declaración alegando una mala interpretación de lo que había dicho. En esencia este cabo no presenció los hechos y se enteró de ellos porque se lo comentó Bugallo una semana más tarde.
En la primera de sus declaraciones como testigo de Bugallo, la instrucción entendió, y así lo recogió, que este cabo primero conocía el tema del arma porque Bugallo le había contado lo ocurrido.
En una segunda declaración este cabo primero no ratifica ese testimonio y aclara que sabía de los hechos porque Bugallo le comentó que el capitán “decía que había encontrado un arma particular en el cajón de su despacho”.
Sin embargo, el Tribunal Supremo no tuvo en cuenta esta segunda declaración y para desestimar el recurso de Bugallo recurrió sólo al primer testimonio.

A Estrasburgo
Con esta sentencia en la mano, Bugallo asegura que llevará su caso al Tribunal de Estrasburgo.
El sargento de La Legión considera que el proceso “ha sido peculiar e irregular” pues, en su opinión, el Supremo no ha  tenido en cuenta elementos del procedimiento que pueden ser, en su opinión, decisivos para el esclarecimiento de los hechos.
Cita entre ellos, una inspección ocular realizada por la Policía Judicial de la Guardia Civil donde, según Bugallo, se desmontan los argumentos utilizados por el capitán denunciante para explicar las circunstancias en las que encontró un arma particular en su cajón.
El capitán aseguraba en su declaración que buscaba un libro de órdenes. Atendiendo al informe de la Benemérita ignorado por el Supremo, éste no cabía en el cajón donde supuestamente halló el arma. Además, el cajón  tenía una llave por lo que la Guardia Civil consideró improbable que hubiera podido ser abierto por el capitán sin el consentimiento de Bugallo.
“Pienso que esta sentencia atenta contra el Derecho Universal y por eso voy a recurrir al Tribunal de Estrasburgo”, concluye Bugallo.

Ramón Bugallo lleva tres años de juicios y recursos

Ramón Bugallo Téllez interpuso un recurso de casación en la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo en diciembre pasado. El suboficial fue jubilado en 2012 con 38 años y una paga mensual de 2.000 euros, pero él quiere reincorporarse a las Fuerzas Armadas.
Los hechos se remiten a 2010, cuando un capitán de La Legión entró en el despacho del sargento Ramón Bugallo Téllez. Sin dar los buenos días, asegura Bugallo, el jefe invitó a salir de la dependencia a otro suboficial que estaba allí y que podía haber sido el testigo de los hechos.
Sólo Bugallo y el capitán saben lo que hablaron ese 2 de enero de 2010. Este periódico tiene la versión del sargento porque la Comandancia General de Melilla aseguró que era imposible hablar con el capitán, ahora destinado en la península.
Un año después de esa conversación Bugallo fue jubilado del Ejército. El capitán le acusó de tener una pistola particular en el cajón de su despacho, pese a que el Reglamento Interno del Tercio Gran Capitán de Melilla lo prohíbe.

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