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El recurso de amparo presentado por 16 presidentes es rechazado

La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional concluye que dichos mandatarios de las territoriales vulneraron el deber de neutralidad

por EFE/El Faro
24/02/2021 06:18 CET
El recurso de amparo presentado por 16 presidentes es rechazado

Imagen del Tribunal Constitucional donde, en la mañana de ayer martes, la Sala Segunda rechazaba el recurso de amparo interpuesto por dieciséis presidentes territoriales.


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El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo de los dieciséis presidentes de territoriales, entre los que se encuentra el presidente de la Real Federación Melillense de Fútbol, Diego Martínez, respecto a la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) que declaró que habían vulnerado el deber de neutralidad en las elecciones a la presidencia de Federación Española de Fútbol (RFEF) en 2017.

La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal, con dos votos particulares, aparecía publicada ayer martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y concluye que vulneraron el deber de neutralidad al firmar en 2017 una carta de apoyo al entonces presidente de la RFEF y candidato a la reelección, Ángel María Villar.

El Tribunal confirmaba la decisión del TAD y desestima el recurso de los presidentes territoriales, presentado al considerar que se había vulnerado su derecho de libertad de expresión e información y los derechos de igualdad y defensa.

Para el TC los presidentes de territoriales firmaron un escrito de apoyo a Villar, precandidato a la reelección en la RFEF, en el que se destacaba su labor, al tiempo que se criticaba el "acoso" que aseguraban venía sufriendo por parte de Javier Tebas, presidente de la Liga de Fútbol Profesional.

De ese supuesto acoso, añadían, no se habían librado ni su familia ni sus amigos, para comentar que se trataba de "una demostración de ruindad que nada tiene que ver con el fútbol".

Al rechazar su recurso, el TC indica que los recurrentes no pueden alegar que se vulneraron los derechos alegados, sobre los que basaron su solicitud de amparo, ya que al firmar la carta no lo hicieron a título personal, sino en su condición de presidentes de las federaciones territoriales, cargo que se hizo constar junto a su firma.

Y añade que al actuar así asumían una postura institucional por el cargo que ocupaban, por lo que vulneraron el deber de neutralidad.

El expediente abierto por el TAD a los presidentes de territoriales se cerró en octubre de 2020 con la sanción de inhabilitación durante dos meses, castigo que el presidente de la Federación Madrileña, Francisco Díez, cumplió a finales de 2020 antes de concurrir a su reelección el pasado día 10, pese a haberla recurrido en vía contencioso-administrativa.

Los otros presidentes afectados son los de las territoriales de Asturias, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Melilla, Murcia, País Vasco, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Navarra y Canarias.

El TAD consideró que el caso había prescrito para el presidente la territorial de Extremadura al no haber recibido en tiempo la comunicación del inicio del procedimiento.

Tags: Fútbol

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