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Melilla publica un decreto para realizar contrataciones de emergencia durante la crisis sanitaria

Como avanzó la consejera de Hacienda, se centralizarán en el presidente de la Ciudad

por DN
27/03/2020 12:20 CET
Melilla publica un decreto para realizar contrataciones de emergencia durante la crisis sanitaria

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La consejera de Hacienda, Dunia Almansouri, ya comentó este jueves que se iban a centralizar todas las compras necesarias para combatir la crisis sanitaria por el coronavirus en el presidente de la Ciudad, Eduardo de Castro, y así se publicó en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) de este jueves. En concreto, se trata de un decreto en el que se incluye una instrucción sobre la contratación de emergencia en el ámbito de la administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Las directrices que se marcan por la Dirección General de Contratación Pública y Subvenciones para el proceso de contratación de prestaciones mediante la tramitación de emergencia con motivo de esta crisis tiene cuatro puntos. El primero de ellos, se indica que debe haber una declaración o apreciación de emergencia para la prestación del objeto del contrato por parte del órgano de contratación y suscrita para su homogeneidad en el presidente de la Ciudad. Esta declaración debe contener la prestación que se va a contratar y el valor del mismo, así como la referencia expresa a la tramitación de emergencia, además de nombrar al responsable del contrato, preferentemente entre los funcionarios de la consejería que sea competente en esta materia. Se incluye en este decreto un modelo para redactar esta declaración de emergencia. Asimismo, se indica que si el contrato es menor, es decir de menos de 15.000 euros para suministros y de menos de 40.000 para obras, esta declaración vendrá suscrita por el consejero del área corresponde y por el presidente de la Ciudad. En cambio, si es un contrato mayor, debe incluir una propuesta del consejero de área, y debe estar suscrito por la consejera de Hacienda y el presidente de Melilla.

El segundo punto indica que el encargo directo al contratista de las prestaciones del objeto del contrato se hará indicando la cuantía del mismo. Si se realiza verbalmente, debe acto seguido plasmarse por escrito, al menos por correo electrónico enviado por el consejero del área.

También se indica que debe darse traslado de los documentos anteriores al Consejo del Gobierno y el último punto es que, una vez realizada la prestación la consejería competente por razón de materia deberá formalizar el resto de documentos de la tramitación ordinaria de los contratos, a los efectos de poder hacer frente al pago de la prestación, según se incluye en el BOME.

Por otro lado, en las argumentaciones de este decreto se señala que las necesidades de contratación de emergencia como consecuencia de este escenario son: equipamientos de comunicación y teletrabajo; trabajos extraordinarios de limpieza y desinfección (que tengan carácter inmediato); suministro de material protector (gel hidroalcohólico, mascarillas y guantes); suministro de material de limpieza; servicios de soporte y asistencia al trabajo remoto servicios de cuidados a personas; y servicios de seguridad para garantizar el respeto a las instrucciones de cierre y prohibición de uso de instalaciones, estos tres últimos siempre que tengan carácter inmediato.

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