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El PP quiere que el presidente de la Ciudad no presida también la Asamblea

Así lo ha solicitado en una propuesta de Ley presentada en el Senado para reformar el Estatuto de Autonomía de Melilla.

La senadora del Partido Popular (PP) por Melilla Sofía Acedo informó en conferencia de prensa este viernes que el Grupo Parlamentario Popular ha presentado una proposición de Ley en el Senado con el fin de reformar el Estatuto de Autonomía de Melilla.

De acuerdo con Acedo, el PP espera que el cambio se pueda llevar a cabo antes de las próximas elecciones locales porque significaría la transformación de la forma en la que se configura la Asamblea, al diferenciar entre el presidente de la Asamblea y el presidente de la Ciudad.

Para la senadora, esta reforma "de mínimos", que también se ha hecho llegar a los integrantes del Gobierno, ofrecería "una seguridad jurídica" en el instrumento más importante de cara a la capacidad de autoorganización y de autogobierno con que cuenta la ciudad.

A pesar de que ha habido pronunciamientos claramente a favor de la “autonomía singular” de la que disponen las ciudades de Melilla y de Ceuta, sustancialmente diferenciada de la “autonomía municipal”, así como la facultad de los Presidentes para poder designar libremente a Consejeros y Viceconsejeros no electos, aquellos niegan esta última facultad o reducen la “autonomía singular” de ambas a una mera “autonomía local”.

De acuerdo con el texto presentado por el PP, lo anterior ha creado una notable inseguridad jurídica y una merma considerable a la capacidad de autorganización que el propio Estatuto, y sus reglamentos de desarrollo, les confieren a ambas ciudades, al oponerse a las bases constitucionales y estatutarias sobre las que se ha configurado la organización y el funcionamiento de las instituciones de sus gobiernos.

Tras 26 años desde la promulgación de las Leyes Orgánicas 1 y 2/1995, de 13 de marzo, el PP considera conveniente y apropiado abordar una reforma del Estatuto para, además de solventar las disfunciones normativas más significativas que se han puesto de manifiesto durante su aplicación, clarificar definitivamente, y de forma indubitaba, el régimen de autonomía de Melilla y de Ceuta.

Además, pide atender a las resoluciones judiciales que se han pronunciado en un sentido restrictivo y meramente localista de los textos estatutarios y han cuestionando la autonomía de la que disponen ambas ciudades.

Así, se pretende evitar futuras controversias judiciales en torno a la naturaleza jurídica de Melilla y de Ceuta y la regulación aplicable a las mismas en lo que se refiere a la organización y el funcionamiento de las instituciones de Gobierno y la Administración.

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