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El Defensor del Pueblo indica que los ‘rechazos’ en grupo están prohibidos

por Pedro de Santiago
25/02/2016 21:13 CET
El Defensor del Pueblo indica que los ‘rechazos’ en grupo están prohibidos

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La institución solicita que se verifique si los extranjeros que entran ilegalmente precisan   de protección internacional l Se opone a las ‘devoluciones’ por impedir dicha garantía.

El Defensor del Pueblo presentó ayer su informe anual de 2015, en el que Melilla tiene un papel importante, especialmente porque el pasado año entraron en la legislación los ‘rechazos en frontera’ en las vallas de Melilla y Ceuta. Se trata de una práctica que esta institución no ve del todo bien, ya que sostiene que “las expulsiones colectivas no permiten que el Estado examine la situación particular de cada individuo y, por lo tanto, no se puede evaluar si está bajo el riesgo de daños graves en el sentido del principio de no devolución”. De hecho, indica que esta práctica, cuando se aplica a grupos de migrantes, está “prohibida”.
El documento pide que se lleve a cabo una “resolución administrativa” que contemple dichas garantías para los migrantes.
El Defensor del Pueblo pide también que se tenga constancia, antes de ser devuelto, de que el extranjero cuenta con “información sobre protección internacional” y que “se ha verificado, mediante un mecanismo adecuado de identificación y derivación” si esta persona realmente requiere de estas garantías.

Tratados internacionales
El organismo argumenta que las razones para considerar ilegales los ‘rechazos’ están recogidas en numerosos tratados internacionales, como el artículo 19.1 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Refugiado o migrante
Por lo tanto, esta institución aboga por que se lleve a cabo una “identificación ágil” para diferenciar entre las personas que quieren entrar a Europa de manera irregular y comprobar si éstas son refugiados que precisa de protección internacional.
Para el Defensor del Pueblo, éste es “el principal reto de España” en esta materia e insta a que se tomen medidas administrativas de carácter garantista para comprobar si los extranjeros son potenciales solicitantes de asilo antes de que sean expulsados.

Interior se niega a regular las ‘devoluciones en caliente’

En el último informe del Defensor del Pueblo, presentado ayer, se pone de manifiesto que esta institución entregó dos recomendaciones al Ministerio del Interior para regular los rechazos en las fronteras de Melilla y Ceuta, dos propuestas a las que este área del Gobierno nacional dijo que no, algo que “no comparte” la defensora.
Lo que se pretendía con el intento de regulación de las también conocidas como ‘devoluciones en caliente’ es que se ajustaran a la doctrina del Tribunal Constitucional y a las directivas europeas.
Una de las regulaciones propuestas por la institución que presentó ayer su informe anual hacía referencia a "la necesidad de desarrollar con carácter urgente y por disposición reglamentaria" la figura del rechazo en frontera para Ceuta y Melilla porque la reforma "guarda silencio respecto sobre cuál debe ser el procedimiento" a la hora de aplicarla.
Por otro lado, el otro matiz propuesto por el Defensor en el documento hecho público ayer mismo pasaba por "dejar constancia escrita en el procedimiento de que al extranjero se le ha facilitado información sobre protección internacional y que se ha verificado de las necesidades de protección internacional, que no es menor de edad o la concurrencia de indicios de que pudiera ser víctima de trata".

Combinar entrada legal con respeto a derechos humanos

Ante los rechazos en frontera y la postura contraria a su actual aplicación, el Defensor del Pueblo insta la Ministerio del Interior y al Gobierno central a que encuentre una solución para combinar entradas legales a territorio europeo a la vez que hace lo posible por respetar los derechos humanos.
Para esta institución, el control de los flujos migratorios y la necesidad de que las personas que deseen entrar en la Unión Europea (UE) a través de las fronteras españolas lo hagan de forma regular y ordenada ha de ser “necesariamente” compatible con las obligaciones internacionales suscritas por España en el ámbito de las garantías tales como el derecho al asilo.
El Defensor del Pueblo se posiciona en contra de las también conocidas como ‘devoluciones en caliente’ dado que, según recoge en su informe, al llevarse a cabo de forma “colectiva” impide identificar a los migrantes para saber si éstos precisan de protección internacional.
Además, insta a la Administración a que tome medidas, recogidas en la legislación, para garantizar los derechos de estos extranjeros.

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