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Inicio » Noticias

61.126 personas podrán votar en las elecciones del 28 de mayo en Melilla

Los electores residentes en el extranjero tiene el derecho a voto sin necesidad de solicitud previa

por Samuel Martín / El Faro
10/04/2023 11:54 CEST
Yoly Faus

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En las próximas elecciones del 28 de mayo, un total de 61.126 personas podrán votar en las elecciones a la presidencia de la Asamblea de Melilla. De ese total de electores, 55.109 son son españoles residentes en España y 5.939 viven en el extranjero. Y 78 de ellos, son ciudadanos extranjeros que tienen el derecho de votar en la ciudad autónoma.

Asimismo, los electores residentes en el extranjero podrán votar en las elecciones autonómicas y a las Asambleas Melilla y Ceuta sin necesidad de solicitud previa. La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes.

En la ciudad hermana, el registro es un poco más elevado ya que 63.302 electores tienen derecho a voto. De ello, 60.312 son españoles residentes en España y 2.957 en el extranjero. Y 33 personas son electores extranjeros que residen en nuestro país.

Nivel nacional

El próximo 28 de mayo de 2023 se celebran elecciones municipales y elecciones autonómicas en 12 comunidades: Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y La Rioja, así como elecciones a las Asambleas de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

En las elecciones municipales podrán votar 35.414.655 electores, entre los que figuran 414.581 pertenecientes a países de la UE y a países con los que España ha firmado un Acuerdo de reciprocidad para ejercer el derecho de sufragio activo y que han manifestado su intención de votar en estas elecciones. En las elecciones autonómicas que se celebran en 12 comunidades podrán votar 18.382.505 electores, de los que 1.046.757 son residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA).

Consulta del censo electoral y reclamaciones

El censo electoral de residentes en España se podrá consultar del 10 al 17 de abril en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la OCE. Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en las oficinas consulares.

También está disponible en la Sede Electrónica del INE (https://sede.ine.gob.es) un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral previa acreditación de la identidad del elector con el sistema Cl@ve (DNI electrónico entre otros).

En el caso de los electores residentes en España muestra además la mesa y dirección del local electoral. Los electores podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE en el mismo plazo, del 10 al 17 de abril. Como novedad en estas elecciones, los electores residentes en España podrán presentar reclamaciones a través de la Sede Electrónica del INE con el sistema Cl@ve y aportando un certificado vigente de inscripción en el Padrón de su municipio de residencia.

Solicitudes de oposición a recibir propaganda electoral

Quienes realicen esta solicitud hasta el 17 de abril no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones, de acuerdo a lo establecido en el cambio legislativo llevado a cabo en diciembre de 2018. Las solicitudes posteriores a 17 de abril tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.

La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con el sistema Cl@ve, en la Sede electrónica del INE o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE.

Entrega de copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas

En estas elecciones se va a habilitar un nuevo procedimiento de solicitud y entrega de las copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas, que consiste en su captura desde un portal del INE que se creará para ello.

Como requisito, en la solicitud de las copias deberán aportar dos cuentas de correo electrónico que se utilizarán para enviar a la candidatura información del portal y las contraseñas para acceso a los ficheros y la apertura de los mismos.

 

Tags: Elecciones de 28 Mayo

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