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Vox critica al Gobierno por no atajar los empadronamientos fraudulentos

La formación política pregunta si existe la intención de cambiar la legislación vigente al respecto.

Los problemas con los empadronamientos fraudulentos fueron denunciados nuevamente por la diputada nacional de VOX por Ceuta, Teresa López, quien preguntó “si el Gobierno tiene intención de cambiar la legislación en cuanto a la adquisición de la nacionalidad de origen y empadronamiento”.

Además, López lamentó que el Ejecutivo de Pedro Sánchez solo conteste “echando balones a las autonomías, en este caso, a la ciudad autónoma, cuando precisamente es el poder legislativo el que puede controlar a través de la legislación adecuada, el fraude en los empadronamientos”.

La representante de la formación política aludió a una noticia publicada en El País bajo el título “España prepara un nuevo modelo fronterizo para Ceuta y Melilla”, donde el diario nacional señaló que “las delegaciones del Gobierno en las dos ciudades aseguran que el cierre de la frontera ha revelado un fraude en el empadronamiento y que decenas de personas que decían residir en la ciudad y hacían uso de los servicios públicos vivían en realidad al otro lado de la frontera”.

Al respecto, el Ejecutivo recordó que, de acuerdo con la ley reguladora de Bases del Régimen Local, la formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal corresponde al ayuntamiento, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.

Dicha respuesta ha dado pie al alerta lanzado por la representante de Vox, quien sostiene que “el Gobierno es incapaz de reconocer que la normativa vigente está generando en Ceuta una situación que no es sostenible para la ciudad”, y que “cada vez más aceleradamente, se ve un creciente número de españoles que no tienen vinculación con España ni tienen intención de integrarse en España”.

El fraude en el empadronamiento puede derivar en un procedimiento sancionador administrativo que desemboque en una multa económica. Por lo tanto, no puede ser tipificado como delito a menos que incurra en los supuestos englobados en los artículos 390 y 392 del Código Penal, que contemplan el delito de “falsedad en documento público”.

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