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Melilla mantendrá las restricciones marítimas en la fase 3 de la desescalada

En el BOE de este martes se publican algunas excepciones en la ciudad

La ciudad mantendrá restricciones en el transporte marítimo con la península. Así lo indica el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes. Detallan que a petición de la Ciudad Autónoma se mantiene la prohibición de desembarcar pasajeros procedentes de la península en los busque de pasaje que presten servicio de línea regular, aunque se establecen nuevas excepciones para un número de 50 personas, siempre que esté permitida su circulación, y para ciertos colectivos con una autorización específica de la Delegación de Gobierno.

En la orden en materia de servicios marítimos, se incluyen las previsiones que se han considerado necesarias para  su ejecución durante las fases 2 y 3 del proceso de desescalada.

Sobre el transporte marítimo en Melilla, indica en su artículo 5: "Se mantiene la prohibición del desembarco en el puerto de Melilla de pasajeros de los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre la península y Melilla, con las excepciones previstas en este

artículo".

Señala que se permitirá el desembarco en el puerto de Melilla en los casos de: conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada; 50 pasajeros por cada buque, siempre que su viaje esté comprendido entre los supuestos de circulación de personas permitidos por el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como por las normas que lo desarrollan.

Además permiten el desembarco de las personas que cuenten con una autorización específica del titular de la Delegación del Gobierno en Melilla basada en la necesidad inaplazable de realización del viaje, ya sea por ser pacientes desplazados por el Ingesa. En este caso, la Dirección Territorial del Ingesa en Melilla remitirá a la Delegación del Gobierno las solicitudes de desembarco correspondientes, en la forma que se habilite.

También se permitirá la entrada de pacientes desplazados por enfermedades graves para ser atendidos por

instituciones privadas y públicas, que deberán acreditarlo ante la Delegación del Gobierno; de trabajadores que vayan a prestar servicios de mantenimiento y reparación en infraestructuras críticas a que se refiere la Ley 8/2011, de 28 de abril; personal sanitario que preste servicio en el Hospital Comarcal de Melilla. A tal

efecto, la Dirección Territorial del Ingesa tramitará las solicitudes a la Delegación del Gobierno, según el procedimiento que se acuerde.

La excepción incluye al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas e Instituciones Penitenciarias. En este supuesto, la solicitud será remitida a la Delegación del Gobierno por la unidad de destino en Melilla, conforme al procedimiento que se establezca, debiéndose justificar la necesidad inaplazable para realizar el viaje.

El BOE aclara en el artículo 5 que "las prohibiciones y restricciones previstas en este artículo no serán de aplicación a los buques de Estado, a los buques que transporten carga exclusivamente, a los buques pesqueros, ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia. La entrada en el puerto de Melilla de cualquier otro buque que, por su número de personas a bordo, incluida la tripulación, supongan un riesgo para la salud y seguridad de los ciudadanos podrá ser prohibida por el titular de la Delegación del Gobierno en Melilla".

Indican además, que en todos los casos se deberán respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias y se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar un riesgo para la población de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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