El TSJA determina que se aplique la subida salarial de 2010 en el Comercio

La UGT afirma que la sentencia tiene carácter retroactivo y que “habrá que abonar una media de 120 euros” a cada trabajador del sector en la ciudad autónoma.

La Unión General de Trabajadores (UGT) de Melilla anunció en la jornada de ayer que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a la formación sindical en lo referente al conflicto colectivo que interpusieron en el año 2010 contra la Asociación de Comerciantes de Melilla (Acome) y Comisiones Obreras (CCOO) al incumplir el Artículo 4 del Convenio Colectivo del sector, referente a la subida salarial anual.
La secretaria de Acción Sindical de la UGT, Mayte Molina, detalló que el texto recoge que el incremento aplicable es la suma del IPC más un punto porcentual. Sin embargo, en el 2010, Acome defendió que en los Presupuestos Generales del Estado  (PGE) del 2009, el Gobierno central no detalló cuál sería el nivel del IPC.
Al no alcanzar en Mesa de Negociación un acuerdo sobre el incremento de ese año, la UGT interpuso un Conflicto Colectivo contra la asociación y CCOO, que defendía la postura de Acome. Con los argumentos anteriormente expuestos, ambas partes acudieron al Juzgado de lo Social de Melilla y los comerciantes de la ciudad autónoma ganaron el caso. Sin embargo, en segunda instancia, el TSJA ha dado la razón a los ugetistas.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso El Faro, se subraya que aunque para el periodo de reclamación no existiera una previsión oficial del IPC por parte del Ejecutivo central, “no puede afirmarse que esta ausencia suponga que no existe previsión alguna, es decir, que en las leyes de los PGE haya una ausencia total de revisión del IPC. En este sentido, hay disposiciones de ravalorización de las pensiones en función del IPC, así como un cálculo del incremento de las retribuciones de los funcionarios y del aumento de la masa salarial del personal del sector público, las cuales son previsiones que se tienen en cuenta y que parten de un supuesto de revisión del IPC”.
Por ello, el TSJA determina que debe procederse a incrementar el salario de los trabajadores del sector tal y como establece el Convenio Colectivo de Comercio.

“La resolución tiene carácter retroactivo”.

Según detalló Molina a los medios de comunicación locales, la sentencia tiene carácter retroactivo. Así pues, habría que aplicar un incremento de cuatro puntos por el 2010, de 3,4 por el 2011 y de 3 por el presente ejercicio. “En total, un 10,4% a pagar a los trabajadores afectados, unos 120 euros de media”, señaló la dirigente ugetista.
La sindicalista remarcó que esta decisión del TSJA afectaba a todos los trabajadores del sector a nivel local, aunque no se atrevió a ofrecer una cifra exacta del número de personas. No en vano, subrayó que “es una cantidad muy alta de empleados”.
Por otro lado, la ugetista defendió a capa y espada la labor desarrollada por su formación sindical en este caso. “Es una decisión que beneficia a los trabajadores, afiliados o no a la UGT. Últimamente tenemos muy mala prensa y con este tipo de anuncios queremos remarcar que los sindicatos estamos aquí para servir a los ciudadanos”, afirmó.
Además, Molina señaló que los salarios en el sector del comercio “dejan mucho que desear” y que normalmente no sobrepasan los 900 euros mensuales, por lo que reforzó más su idea de la buena labor que ha llevado a cabo su sindicato en defensa de este colectivo de profesionales.
En la jornada de ayer, este periódico intentó ponerse en contacto tanto con Acome como con CCOO para conocer cuál era su opinión sobre la sentencia. En el caso del máximo dirigente de la Asociación de Comerciantes, Enrique Alcoba, comunicaron a El Faro que no podrá realizar una valoración apropiada de la misma hasta dentro de varios días por motivos laborales. En lo que respecta a CCOO, este periódico intentó contactar, sin éxito, con su secretaria general.

 

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