El Tribunal Supremo (TS)desestima el recurso de casación presentado por el abogado defensor de dos marroquíes, uno de ellos residente en Melilla, y ratifica la condena de 9 años de prisión para cada uno que les impuso la Audiencia Provincial por el intento de violación a una mujer en los Pinos en marzo de 2012.
Fueron condenados a 8 años por un delito de agresión sexual y a un año de cárcel más por un delito de lesiones. Los argumentos esgrimidos por la defensa de los acusados, rechazadas por el TS, trataban de rebajar la pena al considerar que se aplican erróneamente agravantes en el delito de agresión sexual y sostuvo que el delito de lesiones es únicamente una falta.
El TS rechaza que los acusados sean cooperadores necesarios en el intento de violación y ratifica la autoría que la Audiencia en Melilla dictaminó. Además, el Supremo afirma en su resolución que los dos procesados únicamente desistieron de su intención de mantener relaciones sexuales con la mujer por la intervención de unos militares que acudieron al oír los gritos de auxilio de la víctima. Por último, el tribunal considera que la gravedad de las lesiones son constitutivas de delito y no de falta, como reclamaba el abogado defensor. Por tanto, ratifica no solamente la condena a un año de prisión por las lesiones sino también la indemnización de 7.778 euros establecida por el tribunal melillense para la víctima por las heridas y los daños morales sufridos.
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