El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado a la Fiscal General del Estado que dicte una instrucción para que los fiscales, en los procedimientos de determinación de la edad que se inicien a extranjeros sujetos a expedientes de devolución, dicten el decreto de mayoría de edad antes de que se materialice la devolución de estas personas.
En nota de prensa, Marugán recuerda que dicho decreto deberá ser notificado “de modo fehaciente al interesado y a su letrado para que puedan someter el contenido del mismo a revisión judicial”.
El Defensor ha formulado esta recomendación tras recibir una queja por la devolución de dos presuntos menores antes de que el fiscal hubiese dictado decreto sobre su mayoría de edad. La propia Fiscalía reconoció que se acordó la devolución “sin que en comunicación verbal o de otros tipos, el Fiscal adelantara con fundamento en las pruebas médicas, su decisión sobre la expulsión”.
Ambos fueron considerados adultos tras ser sometidos a una prueba radiológica que fijó una edad ósea de 19 años. Los informes que la Fiscalía consideró suficientes “no reflejaban desviación estándar, horquilla de edad y tampoco consta que se realizaran otras pruebas médicas complementarias”.
En su informe ‘¿Menores o adultos? Procedimientos para la determinación de la edad’ (2011), el Defensor ya concluyó, tras escuchar a la comunidad científica, que un informe radiológico no puede servir para realizar una fijación científica de la edad. Así, abogaba por establecer unos procedimientos rigurosos que “no den lugar a fallos que puedan cambiar injustamente el destino de las personas”.
Según el comunicado, la Institución ha continuado recibiendo quejas que “ponen de manifiesto la falta de garantías durante los procedimientos de determinación de la edad”. “En este sentido, el Defensor no puede compartir el criterio de la Fiscalía de Sala de Extranjería que afirma que los instrumentos normativos de la Fiscalía General del Estado y el Protocolo Marco aceptan una ‘amplia flexibilidad formal’ en la comunicación de las resoluciones que el fiscal adopte en los expedientes de determinación de la edad”, indican en la nota.
En su opinión, esta interpretación de la Fiscalía “coloca al presunto menor de edad en situación de indefensión y le priva del acceso al derecho a la tutela judicial efectiva”.
El Defensor también recuerda que en el caso de las llegadas a costas no se realiza comparecencia ante el fiscal, que toma la decisión sin escuchar al presunto menor.
A su juicio, la flexibilidad formal a la que apela la Fiscalía “está impidiendo el acceso a los tribunales a personas que afirman ser menores de edad” y que están “en situación de extrema vulnerabilidad”.
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