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Inicio » Tribunales y Justicia

Conduce ebrio, sin carnet y se niega a someterse a la prueba de alcoholemia

por Redacción El Faro
19/07/2017 07:33 CEST
Conduce ebrio, sin carnet y se niega a someterse a la prueba de alcoholemia

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  • Le han caído 9 meses de cárcel, una multa de 6 € diarios durante 27 meses y la prohibición  de circular cuatro años

En uno de los juicios celebrados en la mañana de ayer en el Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, un hombre fue condenado a una pena de nueve meses de cárcel, al pago de una multa de seis euros diarios durante dos años y tres meses, así como a la prohibición de circular por un tiempo de cuatro años. El investigado cometió tres delitos distintos contra la seguridad vial: conducir ebrio, sin carnet y negarse a someterse a la prueba de alcoholemia.

Los hechos sucedieron el 17 de abril de 2015. El acusado, que responde a las iniciales J.A.L., conducía sobre las 10:40 horas por el Paseo Marítimo. Después de que el acusado chocase contra otro vehículo, varios agentes se personaron en el lugar de los hechos. Una vez allí, identificaron al encausado y pudieron comprobar que circulaba bajo los efectos del alcohol y que no disponía de carnet de conducir. Además, según el escrito de acusación, el investigado se negó a someterse a una prueba de alcoholemia.

Por ello, el Ministerio Fiscal solicita el pago de una multa de seis euros diarios durante nueve meses y la prohibición de circular por un tiempo de dos años por conducir ebrio, otra multa de seis euros diarios por un periodo de 18 meses por conducir sin permiso, así como nueve meses de prisión y la prohibición durante otros dos años para circular por no permitir que le hiciesen una prueba de alcoholemia.

El abogado defensor llegó a un acuerdo de conformidad con la acusación pública, por lo que el inculpado se declaró culpable ante la magistrada.

La fiscal reclamó que no se librase de entrar en prisión por ser “reincidente”. El investigado cuenta con un total de cinco antecedentes penales: tres por violencia doméstica, uno por quebrantamiento de condena y un quinto por circular bajo la influencia de alcohol.

En concepto de responsablidad tendrá que abonar 860 euros, de los que ya que pagado 647.

En caso de no hacer frente a las multas impuestas, el inculpado tendrá que hacer frente a una pena de 13 meses de prisión.

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